- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Dolores Céspedes Lazarte (fs
- CONSIDERANDO: Que al interponer el enunciado recurso de casación, la recurrente argumentó lo siguiente
- Más aún cuando el ofrecimiento de prueba de descargo y su producción constituyen el elemento
- CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación, resulta menester observar y cumplir con
- Ahora bien, respecto al recurso de casación referido líneas arriba que impugna el Auto de
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Regístrese y notifíquese
- ?? ?? ?? ??
