Auto Supremo AS/0188/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2012

Fecha: 23-Jul-2012

Es más, a efectos de verificar los fundamentos expuestos en el Auto de Vista recurrido,

Ante ello, resulta evidente que los de Alzada se pronunciaron respecto al referido punto reclamado, constando en la resolución impugnada pronunciamiento expreso sobre el aspecto reclamado en apelación restringida, siendo inadmisible consentir la incongruencia omisiva alegada por el recurrente por el sólo hecho de que dicha resolución es contraria a la pretendida por el mismo; por lo que, se encuentra desvirtuada la acusación de que el Auto de Vista recurrido sea defectuoso por incongruencia omisiva.
Es más, a efectos de verificar los fundamentos expuestos en el Auto de Vista recurrido, este Tribunal evidenció que mediante Acta de Audiencia Conclusiva de 25 de abril de 2011 (fs. 34 a 35), ante el simple petitorio del acusado de tener por no presentadas las pruebas de cargo ofrecidas por el Ministerio Público, la Jueza de Instrucción Mixto de Montero, considerando que: "no se evidencia en obrados ningún incidente o excepciones pendientes por resolver, lo que para la suscrita Juez significaría que el imputado está de acuerdo con todo lo que se ha desarrollado hasta el momento en esta investigación; en ese sentido, al no existir incidentes, ni excepciones pendientes por resolver, se tiene por saneado todas las actuaciones y evidencias presentadas (...)." y conforme a ello, dispone el saneamiento del proceso, con lo que terminó dicho acto