Auto Supremo AS/0576/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0576/2013

Fecha: 30-Oct-2013

Que, habiéndose establecido, que ante la denuncia de defectos absolutos y la correspondiente expresión precisa

Que, habiéndose establecido, que ante la denuncia de defectos absolutos y la correspondiente expresión precisa de agravios sufridos a consecuencia de las actuaciones procesales que se denuncien de viciadas (defectos absolutos) por la parte recurrente, cumpliendo así la exigencia establecida por Auto Supremo Nº 259 de 6 de mayo de 2007, hace que sea posible la admisibilidad excepcional, esto a fin, del deber que tiene el Tribunal de Casación de verificar que el proceso penal haya sido producido dentro del respeto a los derechos y garantías constitucionales de las partes