De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)En mérito a las acusaciones pública y privada, formuladas por el Ministerio Público (fs. 4 a 6 vta.) y Franklin Orlando Crespo Coca (fs. 8 a 10), y desarrollada la audiencia de juicio oral, se pronunció la Sentencia 08/2009 de 17 de septiembre de 2010 (fs. 45 a 47 vta.), por el Juez Segundo de Partido y Sentencia de Bermejo del Distrito Judicial de Tarija, que declaró al imputado Sixto Palacios López, autor de la comisión de los delitos de Lesiones Leves y Amenazas, condenándole a la pena privativa de libertad de dos años de reclusión, siendo concedido el beneficio de perdón judicial
- El memorial presentado por Sixto Palacios López, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)En conocimiento del Auto de Vista, el imputado interpuso el recurso de casación que está
- De la atenta revisión del recurso, se extraen los siguientes motivos
- 2)En el segundo motivo precisa que, en el recurso de apelación restringida invocó como agravio
- Hace referencia a la Sentencia Constitucional (SC) 717 de 21 de julio de 2006, para
- Enfatiza que, sobre el agravio expuesto, mereció la respuesta identificada en el punto III
- Con ese argumento, pide se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado aplicando
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Del análisis sobre el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad, se evidencia que el recurrente
- En el segundo motivo el recurrente menciona que, la denuncia que realizó en su recurso
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
