3)Se extrae como tercer motivo: la afirmación del Tribunal de alzada en sentido que “…no
3)Se extrae como tercer motivo: la afirmación del Tribunal de alzada en sentido que “…no es suficiente denunciar de manera genérica la falta de motivación, sino que el recurrente debe precisar con claridad cuál es la fundamentación que extraña (…) para reclamar adecuadamente una falta de fundamentación” (sic) es calificada de “manifiestamente contradictoria” (sic) pues en el marco del respeto de los derechos y garantías constitucionales no es exigible que las denuncias de falta de fundamentación de la sentencia deban ser demostradas “de forma taxativa y precisa” (sic) en el recurso de apelación restringida, pues por la facultad de los arts. 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) y 413 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el Tribunal de alzada tenía la obligación de revisar de oficio el proceso y ante la deficiente valoración de la prueba anular la Sentencia. Prosigue narrando la forma en la que habría adquirido el inmueble, señalando que fuera una compradora de buena fe, y que por tal razón no expulsó a la fuerza del inmueble a la querellante, por lo que considera su conducta atípica al no reunirse todas las condiciones exigidas por el tipo penal por el que se la condenó, tal cual lo determina el Auto Supremo 236 de 7 de marzo de 2007
- Por memorial presentado el 3 de octubre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra aquella Sentencia, tanto la acusadora particular (fs
- Del memorial de fs. 287 a 290, se extraen los siguientes motivos
- Dentro de este mismo motivo, la recurrente retrotrae su alegato a hechos sobre los que
- Señala que la veracidad de tales argumentos, se desprende de la prueba aportada en juicio
- 2)Como segundo motivo la recurrente alega, que la querellante erróneamente inició acción penal en su
- Bajo aquel marco, señala que la posición del Tribunal de alzada en sentido de abstenerse
- 3)Se extrae como tercer motivo: la afirmación del Tribunal de alzada en sentido que “…no
- La recurrente finaliza su recurso señalando la existencia de una evidente vulneración a los principios
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En lo que refiere al plazo de interposición, se tiene que la recurrente fue notificada
- Dentro de una lectura y un análisis integral del presente recurso, se evidencia un aspecto
- La recurrente dentro de los tres motivos que plantea en casación, como se refirió en
- Si bien, dentro del recurso en análisis, se invocó como precedentes los Autos Supremos 431
- A esta falencia se suma la inconcurrencia de otro requisito procesal, como lo es el
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
