Si bien, dentro del recurso en análisis, se invocó como precedentes los Autos Supremos 431
Si bien, dentro del recurso en análisis, se invocó como precedentes los Autos Supremos 431 de 15 de octubre de 2005, 91 de 28 de marzo de 2006 (en el primer motivo), 171/2012-RRC de 24 de julio, 152 de 2 de febrero de 2007 (en el segundo motivo), 236 de 7 de marzo de 2007 (en el tercer motivo), esto no suple la omisión antes advertida, al haber el agravio surgido en Sentencia y no así en el Auto de Vista. Corresponde reiterar que, como un requisito ineludible para la procedencia del recurso de casación debe invocarse el precedente contradictorio a tiempo de interponerse la apelación restringida; razonamiento que se encuentra plenamente coincidente con la línea sentada por éste Tribunal Supremo cuando concluyó que: "...el recurso de casación para ser interpuesto y admitido, además de cumplir con los requisitos de una demanda nueva de puro derecho con la que se equipara, debe observar los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del CPP, lo que conlleva para el recurrente la obligatoriedad de invocar, en el momento de presentación de la apelación restringida, el precedente contradictorio, señalando en casación la contradicción del fallo impugnado con el precedente invocado, pronunciado ya sea por las Cortes Superiores de Distrito, en sus Salas Penales, o por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia" (Auto Supremo 176 de 24 de mayo de 2005)
- Por memorial presentado el 3 de octubre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra aquella Sentencia, tanto la acusadora particular (fs
- Del memorial de fs. 287 a 290, se extraen los siguientes motivos
- Dentro de este mismo motivo, la recurrente retrotrae su alegato a hechos sobre los que
- Señala que la veracidad de tales argumentos, se desprende de la prueba aportada en juicio
- 2)Como segundo motivo la recurrente alega, que la querellante erróneamente inició acción penal en su
- Bajo aquel marco, señala que la posición del Tribunal de alzada en sentido de abstenerse
- 3)Se extrae como tercer motivo: la afirmación del Tribunal de alzada en sentido que “…no
- La recurrente finaliza su recurso señalando la existencia de una evidente vulneración a los principios
- El art
- En este contexto, el art
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En lo que refiere al plazo de interposición, se tiene que la recurrente fue notificada
- Dentro de una lectura y un análisis integral del presente recurso, se evidencia un aspecto
- La recurrente dentro de los tres motivos que plantea en casación, como se refirió en
- Si bien, dentro del recurso en análisis, se invocó como precedentes los Autos Supremos 431
- A esta falencia se suma la inconcurrencia de otro requisito procesal, como lo es el
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
