De la revisión de la sentencia, cuya traducción se encuentra de fs
De la revisión de la sentencia, cuya traducción se encuentra de fs. 3 a 7 y del Certificado de Matrimonio que cursa a fs. 15, se evidencia lo siguiente:
1.Que el 17 de Diciembre de 1988, Franz Álvaro Suarez Montesinos y María Angélica Montesinos Vásquez, ambos ciudadanos bolivianos, contrajeron matrimonio civil en la ciudad de Cochabamba, Provincia Cercado del Estado Plurinacional de Bolivia
1.Que el 17 de Diciembre de 1988, Franz Álvaro Suarez Montesinos y María Angélica Montesinos Vásquez, ambos ciudadanos bolivianos, contrajeron matrimonio civil en la ciudad de Cochabamba, Provincia Cercado del Estado Plurinacional de Bolivia
- PROCESO: Homologación de Sentencia
- FECHA: Sucre, doce de noviembre de dos mil trece
- CONSIDERANDO: Que el demandante Franz Álvaro Suarez Montesinos, mediante memorial de fs
- Que subsanada la observación de fs
- Por memorial de fs
- Por disposición del artículo 552 del Código de Procedimiento Civil, las sentencias judiciales pronunciadas en
- De la revisión de la sentencia, cuya traducción se encuentra de fs
- 2
- 3
- Que las reglas existentes para la ejecución de sentencias dictadas en el extranjero son las
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del estado Plurinacional de Bolivia,
- En, en aplicación de la norma contenida en el art
- A ese efecto, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de
- No interviene la Magistrada Rita Susana Nava Duran por motivo de salud y
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Secretario de Sala Plena
