POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución que le confiere el num. 8 del art. 38 de la Ley 025 y el art. 557 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la Sentencia de Divorcio (Decreto Final de Divorcio) de fecha 20 de Febrero de 2004, pronunciada por la Corte del Circuito del Condado de Fairfax, Virginia, Distrito de Columbia - en Cancillería N° 186785, de los Estados Unidos de Norte América, y que en versión traducida cursa de fs. 3 a 7 del expediente
- PROCESO: Homologación de Sentencia
- FECHA: Sucre, doce de noviembre de dos mil trece
- CONSIDERANDO: Que el demandante Franz Álvaro Suarez Montesinos, mediante memorial de fs
- Que subsanada la observación de fs
- Por memorial de fs
- Por disposición del artículo 552 del Código de Procedimiento Civil, las sentencias judiciales pronunciadas en
- De la revisión de la sentencia, cuya traducción se encuentra de fs
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- Que las reglas existentes para la ejecución de sentencias dictadas en el extranjero son las
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del estado Plurinacional de Bolivia,
- En, en aplicación de la norma contenida en el art
- A ese efecto, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de
- No interviene la Magistrada Rita Susana Nava Duran por motivo de salud y
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Secretario de Sala Plena
