En la especie, los recurrentes omitieron distinguir la casación en el fondo y la casación
En la especie, los recurrentes omitieron distinguir la casación en el fondo y la casación en la forma, es decir, no precisaron lo que pretenden, habida cuenta que no especificaron las causales de casación en el fondo ni las causales de casación en la forma, enumeradas en los incisos respectivos de los artículos 253 y 254 del Código de Procedimiento Civil, es más ni siquiera hacen alusión a dichos articulados menos a sus correspondientes causales, limitándose a hacer alusión general al “art. 257” del Código de Procedimiento Civil y a anotar de manera genérica “recurso de casación”, además de pretender que en base al presente e impreciso recurso el Supremo Tribunal ingrese ha censurar la apreciación y valoración de la prueba realizada por los jueces de grado
- CONSIDERANDO: que, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
- Deducida la apelación por los demandados, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del
- CONSIDERANDO: que, los demandados José Marcelo y Elvira Zegarra Maquera, en su recurso de casación
- CONSIDERANDO: que, del análisis y cotejo del recurso de casación se llega a las siguientes
- En el contexto establecido precedentemente, los recursos de “casación en el fondo” y “casación en
- Así, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
- Consiguientemente, bajo estos parámetros, la forma de resolución también adopta una forma específica y diferenciada,
- Asimismo, en virtud de la naturaleza jurídica de las acciones extraordinarias señaladas, en el recurso
- Técnicamente no hay recurso de casación, cuando se plantea uno en el que no se
- En la especie, los recurrentes omitieron distinguir la casación en el fondo y la casación
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bolivianos 500, que mandará hacer efectivo
- Se salvan los derechos de los demandados, para ejecución de fallos ó para la vía
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 586/2013
