Que, asimismo se evidencia que el recurrente no cumplió en el recurso de casación con
Que, asimismo se evidencia que el recurrente no cumplió en el recurso de casación con la expresión de las contradicciones en las que presuntamente habría incurrido el tribunal de alzada a tiempo de resolver la denuncia sobre el presunto estado de indefensión que habría sufrido en juicio, reiterando únicamente dicho motivo, sin postular cómo es que ante una situación de hecho similar al reclamo concreto que efectuó en apelación, el tribunal de alzada asumió una solución jurídica contraria a la asumida por la jurisprudencia nacional o a otros precedentes válidos, pues, si bien la denuncia en apelación fue postulada como una aplicación indebida de las normas sustantivas e interpretación errónea de la ley, dicha denuncia fue objeto de revisión, ponderación y decisión por parte del tribunal de apelación, concluyéndose por parte del tribunal ad quem la falta de mérito de dicha denuncia, decisión ante la cual el recurrente, más allá de persistir en su denuncia ante este Supremo Tribunal de Casación, debió postular la contradicción en la que habría incurrido el tribunal de apelación al adoptar la decisión judicial concreta respecto de otros fallos que en línea de jurisprudencia establecerían una solución jurídica diversa en casos análogos
- CONSIDERANDO V: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde
- Que, el Recurso de Casación tiene una finalidad eminentemente defensora del ius constitutionis, del ordenamiento
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país establece
- CONSIDERANDO VI: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del recurso de
- Que, prosiguiendo con la verificación de los requisitos de admisibilidad, de la revisión de los
- Que, asimismo se evidencia que el recurrente no cumplió en el recurso de casación con
- Que, por otro lado, se tiene que en el ámbito de la carga de la
- Magistrada Relatora: Dra. Ma. Lourdes Bustamante Ramírez
