Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los siguientes
Que, ante esta Sentencia, Vicente Sánchez Piluy de fs. 140 a 151, interpuso Recurso de Apelación Restringida, mismo que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 12 de septiembre de 2011 (fs. 159 a 162), la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, dictó Auto de Vista Nº 34/2011 y Confirmó la Sentencia apelada.
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Vicente Sánchez Piluy, mediante memorial presentado el 27 de septiembre de 2011 (fs. 165 a 166 vta.), interpuso Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado, de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los siguientes:
Formuló su Recurso de Casación en atención de los arts. 416 a 420 del Código de Procedimiento Penal, así como los principios de gratuidad, publicidad oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de la partes ante el Juez, que se sustenta en la potestad de impartir justicia en la que debe sustentarse en los principios de independencia, imparcialidad, equidad y respeto a los derechos, pese a la escasa prueba documental, testifical y la indefensión a la falta de la inspección del lugar, lo que hace una verdadera injusticia, porque existían vicios absolutos y defectos en toda la etapa preparatoria y en el juicio oral, lo que ameritaba ser analizado en profundidad, empero no fue así, porque sin más fue confirmada la Sentencia, porque en todas las etapas se encontraba en indefensión, siendo asistido extemporáneamente por abogados defensores, los que nada o casi nada hicieron y por el hecho de estar detenido no tuvo la posibilidad de una defensa justa, peor aun cuando se carece de recursos económicos, esto teniendo en cuenta que el supuesto delito ocurrió en Ixiama y sus defensores fueron extemporáneos o casuales
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Vicente Sánchez Piluy, mediante memorial presentado el 27 de septiembre de 2011 (fs. 165 a 166 vta.), interpuso Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado, de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los siguientes:
Formuló su Recurso de Casación en atención de los arts. 416 a 420 del Código de Procedimiento Penal, así como los principios de gratuidad, publicidad oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de la partes ante el Juez, que se sustenta en la potestad de impartir justicia en la que debe sustentarse en los principios de independencia, imparcialidad, equidad y respeto a los derechos, pese a la escasa prueba documental, testifical y la indefensión a la falta de la inspección del lugar, lo que hace una verdadera injusticia, porque existían vicios absolutos y defectos en toda la etapa preparatoria y en el juicio oral, lo que ameritaba ser analizado en profundidad, empero no fue así, porque sin más fue confirmada la Sentencia, porque en todas las etapas se encontraba en indefensión, siendo asistido extemporáneamente por abogados defensores, los que nada o casi nada hicieron y por el hecho de estar detenido no tuvo la posibilidad de una defensa justa, peor aun cuando se carece de recursos económicos, esto teniendo en cuenta que el supuesto delito ocurrió en Ixiama y sus defensores fueron extemporáneos o casuales
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los siguientes
- Se infringió el art
- No existió una relación precisa y circunstanciada del delito atribuido
- No existió la fundamentación de la acusación, con la expresión de los elementos de convicción
- Se violentaron los arts
- 1
- 2
- 3
- 4
- 5.- Las pruebas o declaraciones fueron contaminadas por la forma en que fueron obtenidas
- 6
- De los puntos expuestos, señaló que violentan derechos y garantías Constitucionales, teniéndose en indefensión, en
- Se empleó y mal interpretó los arts
- Al confirmar la Sentencia se le provocó indefensión, inseguridad jurídica, falta de tutela jurídica efectiva,
- Del Precedente Contradictorio Invocado
- De la solicitud
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- De lo previsto en el parágrafo segundo del art
- De lo que se establece, que el recurso planteado no cumple con las exigencias establecidas
- Con relación a la denuncia de supuestos defectos absolutos en que hubiera incurrido el Tribunal
- Por lo señalado anteriormente, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
