De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)En mérito a la querella formulada por José Antonio Avilés La Hera (fs. 1 a 3) y desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia de 4 de marzo de 2013 (fs. 251 a 258 vta.), el Juzgado de Sentencia Primero de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a las recurrentes, autoras del delito de Perturbación de Posesión, previsto y sancionado por el art. 353 del CP, condenándolas a la pena de dos años y dos meses, más el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia
- Por memorial presentado el 18 de noviembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La citada Sentencia fue recurrida en apelación restringida por las imputadas (fs
- c)Notificadas las recurrentes con el Auto de Vista impugnado, el 11 de noviembre de 2013
- Del memorial de casación que cursa de fs
- Con esta referencia, explican que en juicio oral interpusieron reserva de apelación incidental al rechazo
- Señalan que las Sentencias Constitucionales (SSCC) 0751/2004 de 14 de mayo, 0302/2006 de 29 de
- Sostienen que se vulneraron sus derechos y garantías, porque no fueron notificadas de manera personal
- Finalmente solicitan se declare fundado el recurso y se siente doctrina legal aplicable anulando obrados
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto
- En ese entendido, en art
- Al respecto, el Auto Supremo 078/2012-RA de 23 de abril, pronunciado por este Tribunal, precisó
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
