CONSIDERANDO: Que el apoderado manifiesta que su mandante solicitó el cambio de apellido de Mamani
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de homologación de Sentencia de Cambio de Nombre presentado por Efraín Monrroy Quispe legalmente representado por Álvaro Díaz Poquechoque, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO: Que el apoderado manifiesta que su mandante solicitó el cambio de apellido de Mamani por Monrroy, en el país vecino del Perú, tal como se evidencia de la Sentencia de 14 de julio de 2010, emitida por el Segundo Juzgado Mixto de la Provincia de Chucuito con sede en Desaguadero, debido a que este apellido tiene en la sociedad un carácter discriminatorio, por ser común, por no tener trascendencia, por no existir una individualización de su persona y existiendo en la actualidad diecisiete personas con el mismo nombre, llegando a afectarlo psicológicamente, por lo que se autorizó en cambio de nombre de Efraín Mamani Quispe por el de Efraín Monrroy Quispe
- FECHA: Sucre, nueve de diciembre de dos mil trece
- CONSIDERANDO: Que el apoderado manifiesta que su mandante solicitó el cambio de apellido de Mamani
- El 14 de julio de 2010, el Segundo Juzgado Mixto de la Provincia de Chucuito
- En el presente caso, no existiendo tratado internacional para la ejecución recíproca de Sentencias pronunciadas
- En el presente caso, se tiene que en mérito a la solicitud de cambio de
- POR TANTO: la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia con la facultad reconocida por
- No interviene el Presidente Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano y el Magistrado Pastor Segundo Mamani por
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- MAGISTRADO
