Auto Supremo AS/0701/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0701/2013

Fecha: 02-Dic-2013

Mencionó que se debe tener presente que la notificación con la Sentencia Nº 08/2011 de

Distrito: La Paz
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VISTOS: El recurso de compulsa presentado por Rita Maldonado Hinojosa en representación de la Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, los antecedentes adjuntos, el informe del doctor Antonio Campero Segovia, Magistrado en ejercicio de la Semanería, y
CONSIDERANDO: Que mediante memorial de fojas 97 a 98 vta., la compulsante formalizó su recurso señalando que el 16 de agosto de 2011, la administración tributaria interpuso incidente de nulidad de la notificación con la Sentencia Nº 08/2011 de 18 de junio por haberse violado y lesionado su derecho a la defensa y al debido proceso, que fue rechazado con Resolución 01/2012 de 5 de enero de 2012, que declaró improbada la nulidad de notificación, contra la que fue interpuesto recurso de reposición con alternativa de apelación, que también fue rechazado, habiéndose concedido el recurso de apelación que fue resuelto con la Resolución A.V. Nº 111/2013-SSA-I pronunciada el 24 de mayo de 2013 por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmando la decisión del a quo, resolución contra la que la administración tributaria planteó recurso de casación en el fondo, el cual fue rechazado con Auto Nº 189/2013.
Mencionó que se debe tener presente que la notificación con la Sentencia Nº 08/2011 de 18 de junio de 2011, fue en estrados, cuando lo correcto era que se notifique en su domicilio procesal. Con relación a la negativa del recurso de Casación no se consideró que de quedar ejecutoriado el Auto de Vista Nº 111/2013 de 24 de mayo, se pondría fin al litigio y que en aplicación del numeral 3 del artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, correspondía el recurso de casación