Del Precedente Contradictorio Invocado: De la verificación del memorial de fs
Del Precedente Contradictorio Invocado: De la verificación del memorial de fs. 120 a 126 vta., pese al anuncio realizado en su otrosí 2do. no se invocó precedente contradictorio, incumplimiento este requisito formal de admisibilidad. En Casación en su otrosí 1ro. Invocó como precedentes contradictorio los Autos Supremos N° 447/12 de septiembre (Sic..), 605 de 19 de noviembre de 2007, 525 de septiembre de 2005, 417 de 19 agosto de 2003, 341 de 28 de agosto de 2006, 388 de 7 de octubre de 2006
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos los siguientes
- Que el Tribunal Séptimo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz basó su decisión
- Del Precedente Contradictorio Invocado: De la verificación del memorial de fs
- De la solicitud: Solicitó se disponga la nulidad del Auto de Vista ordenando a
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida: Conforme lo previsto por el art
- Asimismo, se tiene que en Casación pretendiendo salvar su omisión invoca en su otrosí primero
- Respecto de la denuncia de defectos absolutos, se debe dejar constancia que no es admisible
- Finalmente respecto de la denuncia de que el Tribunal de Alzada de manera ilegal le
- Por lo señalado supra, el Recurso de Casación planteado resulta inadmisible, toda vez que el
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
