De la revisión de los antecedentes, cursa a fs
De la revisión de los antecedentes, cursa a fs. 39 y vta., nota de fecha 4 de octubre de 2011 presentada por Javier M. Villanueva Michel, en descargo al Auto Inicial de Sumario Contravencional Nº 25-03049-11 de 28 de septiembre de 2011, en esta nota, lo confesado, por el denunciado nos permite establecer que ello es una prueba por excelencia - “confesio est probatio probatissima” - de que: 1) El sujeto pasivo es decir el Sr. Javier Moisés Villanueva Michel, es la persona que pacto y contrató con el inquilino – posterior denunciante - Sr. Víctor Cesar Rodríguez Luna, el alquiler de una habitación y una cocina, por el canon de Bs.300.- (trescientos 00/100 bolivianos); 2) Quedando en que, el alquiler sería sin factura porque el pago era inferior a lo pedido y 3) Reconoce ser dueño y agente de retención
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo, interpuesto por Verónica Jeannine Sandy Tapia, en
- En grado de apelación deducida por la Administración Tributaria de fs
- La Gerencia Distrital del SIN Oruro, al amparo de lo previsto en los artículos 255
- Que, el Auto de Vista recurrido, no consideró el fondo del contenido del memorial
- Que, por denuncia efectuada por el Sr
- Que, los artículos 3, 4, 19 y 92 de la Ley Nº 843 establecen el
- Que, el artículo 4 de la RND Nº 10-0039-06 Reglamento para la Interposición de Denuncias
- En el petitium solicitó que, el Tribunal Supremo de Justicia, CASE el Auto de
- CONSIDERANDO II: Fundamentos de derecho
- En mérito a lo establecido en el artículo 180
- De la revisión de los antecedentes, cursa a fs
- De la consulta efectuada al Padrón de Contribuyentes (fs
- Por otro lado, es pertinente aclarar que, el artículo 14
- Consiguientemente, se establece que, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- En cumplimiento del artículo 41 de la Ley del Órgano Judicial concordante con la Sentencia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
