Auto Supremo AS/0763/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0763/2013

Fecha: 24-Dic-2013

CONSIDERANDO II: Que del examen del recurso de casación en el fondo, el Auto de

Concluyó solicitando que se case el Auto de Vista conforme previene el numeral 4 del artículo 271 del Código de Procedimiento Civil.
CONSIDERANDO II: Que del examen del recurso de casación en el fondo, el Auto de Vista recurrido y los antecedentes del proceso, se establece lo siguiente:
Se advierte que la controversia en el presente proceso está relacionada con la determinación que asumieron los de instancia al establecer el promedio indemnizable en Bs. 1.300.- y el tiempo de servicios en 5 años, 2 meses y 1 día, en base a la prueba cursante en el proceso y a la normativa aplicable al caso, de la cual se acusa su interpretación errónea y aplicación indebida; a tal efecto, corresponde dilucidar si tales extremos son o no evidentes con la finalidad de invalidar o no el Auto de Vista recurrido