Auto Supremo AS/0005/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0005/2013-RA

Fecha: 01-Feb-2013

Ahora bien, en cuanto al primer motivo identificado en el presente Auto Supremo, se tiene

Ahora bien, en cuanto al primer motivo identificado en el presente Auto Supremo, se tiene que el recurrente manifiesta una actuación omisiva por parte del Tribunal de alzada al no haberse pronunciado sobre la excepción de extinción de la acción penal que realizó a momento de la presentación del recurso de apelación restringida; asimismo, en el texto referente a esta temática el recurrente invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 133 de 16 de mayo de 2005 y 141 de 22 de abril de 2006; empero, sin realizar la labor señalada en el punto ii) del acápite III de la presente Resolución; es decir, no es visible la presencia de una fundamentación de la situación de hecho similar o bien la contradicción existente entre el Auto de Vista recurrido y los precedentes invocados, reiterándose simplemente argumentos ya planteados a momento de la apelación restringida; debiendo enfatizarse que esta carga procesal consonante a la uniforme línea jurisprudencial sentada por este Alto Tribunal, no puede ser suplida de oficio, deviniendo tal motivo en inadmisible