El recurso de casación interpuesto por Gumercinda del Villar Condori, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 019/2013-RA
Sucre, 07 de febrero de 2013
Expediente : La Paz 2/2013
Parte Acusadora : Jorge Alejandro Vertiz Blanco Fernández
Parte Imputada : Gumercinda del Villar Condori
Delitos : Difamación, Calumnia e Injuria
RESULTANDO
El recurso de casación interpuesto por Gumercinda del Villar Condori, cursante de fs. 284 a 287 vta., mediante el cual impugna el Auto de Vista 324/2012 de 9 de octubre, que cursa de fs. 263 a 266 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Jorge Alejandro Vertiz Blanco Fernández contra la recurrente, por los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP) respectivamente
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 019/2013-RA
Sucre, 07 de febrero de 2013
Expediente : La Paz 2/2013
Parte Acusadora : Jorge Alejandro Vertiz Blanco Fernández
Parte Imputada : Gumercinda del Villar Condori
Delitos : Difamación, Calumnia e Injuria
RESULTANDO
El recurso de casación interpuesto por Gumercinda del Villar Condori, cursante de fs. 284 a 287 vta., mediante el cual impugna el Auto de Vista 324/2012 de 9 de octubre, que cursa de fs. 263 a 266 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Jorge Alejandro Vertiz Blanco Fernández contra la recurrente, por los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del Código Penal (CP) respectivamente
- El recurso de casación interpuesto por Gumercinda del Villar Condori, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la citada Sentencia, el acusador particular formuló recurso de apelación restringida, que cursa de
- Notificada la recurrente con el Auto de Vista ahora impugnado, el 22 de noviembre de
- Del examen del recurso de casación, se extraen como motivos los siguientes
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso de casación cumple con el primer requisito formal
- Ahora bien, en cuanto al primer motivo de su recurso, la recurrente fundamenta que la
- En lo que toca al segundo motivo del recurso, referido a la denuncia de incumplimiento
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
