De la lectura del texto del recurso se advierte una serie de explicaciones que pretenden
De la lectura del texto del recurso se advierte una serie de explicaciones que pretenden hacer ver que la Sentencia de grado y los argumentos del Tribunal de alzada no habrían tomado en cuenta, la existencia de una sentencia agraria que habría otorgado a la recurrente la legítima posesión del bien que fue objeto de la litis y que uno de los elementos constitutivos del delito de despojo, es la posesión, sin que los querellantes la hubieran tenido a momento de suscitarse los hechos objeto del proceso. Concluye reiterando que aquellas falencias fueran contrarias a lo previsto por el Auto Supremo 314 de 25 de agosto de 2006
- Por memorial presentado el 4 de enero de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial de fs. 456 a 457 vta., se extraen los siguientes motivos
- 2) Continúa su recurso realizando una afrenta al contenido del Auto de Vista recurrido, indicando
- De la lectura del texto del recurso se advierte una serie de explicaciones que pretenden
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sometidos a análisis los antecedentes procesales, se establece que el recurso formulado por la imputada
- El recurso de casación, como todos los recursos, está configurado legalmente, lo que significa que
- En el mismo sentido, se tiene que la recurrente da a sus reclamos y fundamentos
- Es así, que al constatarse que el recurso incumple con los requisitos para su admisión,
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
