Contra la citada Sentencia, Basilio Villca Characayo, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, por memorial
Contra la citada Sentencia, Basilio Villca Characayo, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, por memorial cursante de fs. 222 a 223 vta., interpuso recurso de apelación restringida; remitido el proceso ante el Ad quem, ese Tribunal dictó el Auto de Vista 14 de 25 de abril de 2012 de fs. 244 a 249, que declaró admisible y PROCEDENTE el recurso interpuesto, y deliberando en el fondo, ANULÓ totalmente la Sentencia y ordenó la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia
- Por memorial presentado el 7 de diciembre de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la citada Sentencia, Basilio Villca Characayo, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, por memorial
- Notificada con el Auto de Vista impugnado, Emilia Torrico Ala, interpuso el recurso de casación
- Del examen del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
- Citando los Autos Supremos 4 de 29 de abril de 2002, 414 de 19 de
- Con el subtítulo de "normas violadas E infringidas", acusa errónea interpretación de los arts
- En un "otrosí 1º", cita como doctrina legal aplicable los Autos Supremos 277/08 de 13
- Humanos y 14
- con el o los precedentes invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Alejada de la finalidad del recurso de casación prevista por el art
- Las omisiones que se advierten, evitan que este Tribunal Supremo pueda ingresar a considerar el
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
