Por memorial presentado el 21 de febrero de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 057/2013-RA
Sucre, 07 de marzo del 2013
Expediente : Cochabamba 10/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y Felicidad Balta Ledezma
Parte imputada : Félix Gamboa Coca
Delito : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de febrero de 2013, cursante de fs. 277 a 282, Félix Gamboa Coca, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 37 de 20 de noviembre de 2012 de fs. 260 a 266 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Felicidad Balta Ledezma contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Uso de Instrumento Falsificado y Estelionato, previstos y sancionados en los arts. 198, 199, 203 y 337 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 057/2013-RA
Sucre, 07 de marzo del 2013
Expediente : Cochabamba 10/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y Felicidad Balta Ledezma
Parte imputada : Félix Gamboa Coca
Delito : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 21 de febrero de 2013, cursante de fs. 277 a 282, Félix Gamboa Coca, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 37 de 20 de noviembre de 2012 de fs. 260 a 266 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Felicidad Balta Ledezma contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica, Uso de Instrumento Falsificado y Estelionato, previstos y sancionados en los arts. 198, 199, 203 y 337 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 21 de febrero de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- proceso, el derecho a recurrir y sobre la posibilidad de invocar el precedente contradictorio recién
- Con tales antecedentes, denuncia que el Tribunal de alzada simplemente hizo referencia a dichos tipos
- Además, denuncia que toda fundamentación debe ser no solo fáctica sino también jurídica, que en
- Concluye haciendo énfasis en el deber de fundamentación y que "
- recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- precedente contradictorio en el momento de interponer el recurso de casación
- de inadmisibilidad del recurso
- En el caso analizado y de la revisión de los antecedentes, se tiene que el
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
