De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
Como efecto de la acusación formal presentada por Omar Alexander Soruco Suárez, Fiscal de Materia (fs. 9 a 15 vta.), en el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Beni, se desarrolló el juicio oral y una vez concluido, se pronunció la Sentencia 13/2011 de 11 de noviembre (fs. 170 a 177 vta.), que declaró a: Erlin Vejarano Flores y Edwin Vejarano Suárez, absueltos del delito de Tentativa de Asesinato y culpables del ilícito de Amenazas previsto y sancionado por el art. 293 del CP, condenándolos a sufrir la pena privativa de libertad de diez meses de presidio
De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:
Como efecto de la acusación formal presentada por Omar Alexander Soruco Suárez, Fiscal de Materia (fs. 9 a 15 vta.), en el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Beni, se desarrolló el juicio oral y una vez concluido, se pronunció la Sentencia 13/2011 de 11 de noviembre (fs. 170 a 177 vta.), que declaró a: Erlin Vejarano Flores y Edwin Vejarano Suárez, absueltos del delito de Tentativa de Asesinato y culpables del ilícito de Amenazas previsto y sancionado por el art. 293 del CP, condenándolos a sufrir la pena privativa de libertad de diez meses de presidio
- Por memorial presentado el 18 de febrero de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la citada Sentencia, el imputado Edwin Vejarano Suárez, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Notificado con el Auto de Vista impugnado, Edwin Vejarano Suárez, formuló el recurso de casación
- Luego de una relación de antecedentes, identifica como un único motivo de su recurso de
- Inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva; sobre esta observación manifiesta que, por el
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- competencia de este Tribunal, pues conforme se desarrolló en el acápite III de esa Resolución,
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
