Auto Supremo AS/0094/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0094/2013

Fecha: 27-Mar-2013

CONSIDERANDO I

Distrito: Potosí
Magistrada Relatora: Dra. Ana Adela Quispe Cuba
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VISTOS: El recurso de casación de fojas 1075 a 1076, interpuesto por Justo Pastor Vicuña Chumacero contra el Auto de Vista Nº 033/2008, de fecha 28 de enero, de fojas 1070 a 1071 vuelta, emitido por la Sala Civil, Comercial y Familiar de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del ordinario de Divorcio seguido por Presciliano Quispe Mamani contra Segundina Mamani Tola, los antecedentes del proceso. Todo lo que ver convino, y:
CONSIDERANDO I:
1.- Que, fenecido el proceso de Divorcio, durante la ejecución e sentencia, el Juez de Partido Tercero de Familia de la entonces Corte Superior de Distrito Judicial de Potosí, respecto a la solicitud del abogado del demandante sobre calificación del porcentaje que debe cancelar el patrocinado, pronuncia proveído de fecha 4 de enero de 2008 cursante a fojas 1052, disponiendo que en relación a honorarios profesionales, presente la iguala profesional correspondiente. En cuanto a porcentajes por división y partición de bienes gananciales, toda vez que no se concretó el objeto divisorio propiamente a razón de la conciliación alcanzada por las partes en la disposición de sus bienes que pasan a poder de sus hijas más no de ellos. Deducida que fue la apelación por el abogado patrocinante de Presciliano Quispe Mamani, la Sala Civil, Comercial y Familiar de la entonces Corte Superior de Distrito Judicial de Potosí, pronuncia Auto de Vista Nº 033/2008, de fecha 28 de enero, de fojas 1070 a 1071 vuelta que CONFIRMA totalmente la Resolución apelada, con costas