Auto Supremo AS/0101/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0101/2013-RA

Fecha: 15-Abr-2013

Del memorial que cursa a fs. 150 y vta., se extraen los siguientes motivos

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa a fs. 150 y vta., se extraen los siguientes motivos:
Sostiene que el art. 416 del CPP, permite la interposición del recurso de casación sobre la base de precedentes contradictorios expuestos en el recurso de apelación restringida, en el caso, el Auto Supremo 17 de 26 de enero de 2007, advierte que cuando en el proceso se han pronunciado fallos en defectuosa valoración de la prueba, corresponde anular la Sentencia y reponer el juicio por otro Tribunal; en la misma línea, el Auto Supremo 111 de 31 de enero de 2007, afirma que la valoración defectuosa de la prueba da lugar a la anulación de la Sentencia y la reposición del juicio, finalmente, el Auto Supremo 515 de noviembre de 2006, sostiene que entre las competencias del Tribunal de apelación está la de revisar la prueba conforme a las reglas de la sana crítica y en caso de que la apelación no sea coherente y los juicios vertidos sobre la prueba no respondan a su procedimiento lógico, razonable y valorativo teleológico, debe anularse total o parcialmente la Sentencia. La valoración de la prueba por el Tribunal de alzada que contravenga los principios constitucionales al debido proceso, seguridad jurídica, derecho a la defensa y tutela judicial efectiva, constituyen defecto absoluto