Auto Supremo AS/0117/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2013-RA

Fecha: 07-May-2013

En el caso el recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 156 de 18

En el caso el recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 156 de 18 de julio de 1983 y 102 de 27 de Septiembre de 1977, los mismos que como se ha señalado también fueron invocados en apelación restringida; sin embargo, se limitó a citarlos sinseñalar en términos precisos la contradicción con el Auto de Vista impugnado, obviando establecer el nexo de identidad o situación de hecho similar; carga procesal que tiene el recurrente a momento de interponer el recurso, ya que se encuentra en la obligación no sólo de invocar el precedente de manera específica, sino también de señalar en términos claros la contradicción con el Auto de Vista recurrido. A lo señalado, debe añadirse que los precedentes corresponden a casos resueltos con el Código de Procedimiento Penal abrogado, por lo cual el recurso deviene en inadmisible