De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
II.1. En primer lugar, en el acápite intitulado "DEFECTO ABSOLUTO", el recurrente reclama que se ha denunciado la existencia de defecto absoluto, por no ponerse en su conocimiento "el tipo penal de violación" (sic), cuando se le inició el proceso por el tipo penal de Abuso Deshonesto, siendo ese el hecho atribuido e inserto en la acusación fiscal; situación que le dejó en estado de indefensión, al no haberse podido defender de aquel tipo penal, que generó un defecto no susceptible de convalidación conforme los arts. 5, 13 y 169 incs. 2) y 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP) y que fuera reconocido por el Tribunal de alzada, con la mención en el Auto de Vista impugnado del Auto Supremo 67/2006 de 27 de enero
De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
II.1. En primer lugar, en el acápite intitulado "DEFECTO ABSOLUTO", el recurrente reclama que se ha denunciado la existencia de defecto absoluto, por no ponerse en su conocimiento "el tipo penal de violación" (sic), cuando se le inició el proceso por el tipo penal de Abuso Deshonesto, siendo ese el hecho atribuido e inserto en la acusación fiscal; situación que le dejó en estado de indefensión, al no haberse podido defender de aquel tipo penal, que generó un defecto no susceptible de convalidación conforme los arts. 5, 13 y 169 incs. 2) y 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP) y que fuera reconocido por el Tribunal de alzada, con la mención en el Auto de Vista impugnado del Auto Supremo 67/2006 de 27 de enero
- Por memorial presentado el 15 de abril de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló apelación restringida (fs
- Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 12 de abril de 2013
- De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- II
- En definitiva, solicita se revoque el Auto de Vista y se disponga la emisión de
- distintos recursos que la norma adjetiva prevé, deben observar las condiciones de tiempo y forma
- Dicho esto, también conviene recordar que el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Y por último, como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación
- Como se dijo anteriormente, de no concurrir todos los requisitos ahora explicados, la misma norma
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Sin embargo de lo anterior, el recurrente denuncia la concurrencia de defecto absoluto, con el
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
