Auto Supremo AS/0127/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2013-RA

Fecha: 13-May-2013

Sin embargo de lo anterior, el recurrente denuncia la concurrencia de defecto absoluto, con el

Es así que, de la minuciosa revisión del recurso de casación presentado por el imputado, se extraen cuatro temáticas identificadas, respecto del primero, se advierte que el recurrente no cumplió con los demás requisitos previstos por ley, pues no invoca el o los precedentes contradictorios, ni señala la contradicción
existente entre el Auto de Vista impugnado y algún precedente; y si bien menciona el Auto Supremo 67/2006 de 27 de enero, lo hace con referencia a uno de los argumentos contenidos en el Auto de Vista impugnado y no como precedente a efecto de la admisibilidad de su recurso.
Sin embargo de lo anterior, el recurrente denuncia la concurrencia de defecto absoluto, con el argumento de haber sido privado, según expone, de ejercer su derecho a la defensa por el delito de Violación cuando en la acusación se le atribuyó el delito de Abuso Deshonesto; por lo tanto, estando identificado plenamente el hecho que motiva su reclamo, precisado el derecho supuestamente vulnerado, así como la consecuencia procesal de orden constitucional, corresponde su análisis y resolución a fin de cumplir con la función fundamental del Órgano Judicial de impartir justicia y dar respuesta a la pretensión de las partes; es así, que flexibilizando los requisitos de admisión del recurso de casación, debe determinarse la apertura de la competencia de este Tribunal de Justicia en forma extraordinaria, para conocer este motivo del recurso, verificar los fundamentos de su denuncia, establecer la certidumbre o no de la misma y resolver conforme a derecho