Por memorial presentado el 29 de abril de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 139/2013-RA
Sucre, 20 de mayo del 2013
Expediente : Cochabamba 22/2013
Parte acusadora : Marcelina García Arce
Parte imputada : Alejandra Pinto García
Delitos : Apropiación Indebida y Abuso de Confianza
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de abril de 2013, cursante de fs. 225 a 226, Alejandra Pinto García, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 17 de enero de 2013, de fs. 214 a 216 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Marcelina García Arce contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos en los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 139/2013-RA
Sucre, 20 de mayo del 2013
Expediente : Cochabamba 22/2013
Parte acusadora : Marcelina García Arce
Parte imputada : Alejandra Pinto García
Delitos : Apropiación Indebida y Abuso de Confianza
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de abril de 2013, cursante de fs. 225 a 226, Alejandra Pinto García, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 17 de enero de 2013, de fs. 214 a 216 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Marcelina García Arce contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos en los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 29 de abril de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Efectuada esta precisión, se tiene en el presente caso, que la recurrente al margen de
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
