Por lo expuesto y ante la inobservancia de los requisitos previstos por los arts
Por lo expuesto y ante la inobservancia de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, el recurso de casación sujeto al presente examen, deviene en inadmisible
- El recurso de casación interpuesto por Cristina Soria Céspedes, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la citada Sentencia, la imputada Cristina Soria Céspedes, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 18 de abril de 2013
- Del examen del recurso de casación, se extrae lo siguiente
- Como segundo motivo de su recurso, señala que, en el Auto de Vista impugnado, el
- Solicita que éste Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de Vista recurrido, dejando sin
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se evidencia que la recurrente en el primer
- En el segundo motivo del recurso de casación, la recurrente denuncia que el Tribunal de
- Por lo expuesto y ante la inobservancia de los requisitos previstos por los arts
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
