Por último, comparando el memorial de apelación que sale a fojas 283 a 288 vuelta,
Por último, comparando el memorial de apelación que sale a fojas 283 a 288 vuelta, con el recurso de casación que nos ocupa, éste constituye una copia literal resumida de aquél conforme se infiere de su lectura; o lo que es lo mismo, en este aspecto, el recurso de casación se funda en el de apelación, contra lo prevenido en el último párrafo del numeral 2) del artículo 258 del referido Código de Procedimiento Civil, conforme al cual las especificaciones de esta clase de recursos debe hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores
- Proceso: Usucapión decenal
- Partes: Armando Gareca Vídez c/ Jorge Rocha Aparicio y otros
- CONSIDERANDO I
- Que, en grado de apelación incoada por el demandante, la Sala Civil Segunda de la
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que por la declaración de sus tres testigos y la inspección judicial acreditan su posesión
- CONSIDERANDO III
- Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
- En el contexto anterior, los recursos de casación en el fondo y en la forma,
- Que, en la especie, si bien el recurrente plantea "recurso de casación en el fondo
- Por último, comparando el memorial de apelación que sale a fojas 283 a 288 vuelta,
- Aquellas incongruencias, imprecisiones y ambigüedad, son patentes en los recursos de casación que nos ocupa
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, del Estado Plurinacional de
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 210/2013
