Que, en la especie, si bien el recurrente plantea "recurso de casación en el fondo
Que, en la especie, si bien el recurrente plantea "recurso de casación en el fondo y en la forma", empero, en la fundamentación del mismo no discrimina el recurso de casación en el fondo del de casación en la forma, incurriendo en una clara confusión y ambigüedad al acusar, indistintamente, supuestas causales de nulidad sin llegar a precisar en base a qué numeral del artículo 254 se funda, al igual que el de fondo no especifica a que causal del artículo 253 lo realiza, es más ni siquiera menciona estos artículos del Código de Procedimiento Civil, para concluir de manera por demás simple, pidiendo que se "…case el auto de vista impugnado y pronunciando resolución, declare por adquirido el derecho propietario…”, sin precisar de manera concreta su pretensión y omitiendo formular su petición sobre su pretendido recurso de casación en la forma (que sería la anulación) ocasionando que, técnicamente, no se abra la competencia de este Tribunal para considerarlo y emitir resolución en el fondo de la causa; deviniendo, por lo tanto, la improcedencia del recurso
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