Auto Supremo AS/0245/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0245/2013

Fecha: 31-May-2013

CONSIDERANDO: que, el Auto Constitucional Nº 15 de 6 de noviembre de 2012 (fojas 515

CONSIDERANDO: que, el Auto Constitucional Nº 15 de 6 de noviembre de 2012 (fojas 515 a 518 vuelta), respecto el Auto Supremo Nº 47 de 8 de mayo de 2012 (fojas 504 a 506 vuelta) realza que “en relación al primer argumento, que supuestamente hubiesen utilizado las Autoridades accionadas, a tiempo de resolver el recurso de casación, de que tratándose de un asunto de orden administrativo, la competencia sería la Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo, vía proceso contencioso administrativo, conforme al art. 778 del C.P.C., siendo incompetente el Juez de Partido en lo Civil;…, vemos que esta consideración, está razonablemente motivada”, asimismo constriñe que se vulneró “el principio de congruencia, al haberse argumentado por el Tribunal de Casación, que los jueces ordinarios no tendrían competencia para conocer el proceso, en una de sus acciones, relativa a la nulidad de adjudicación municipal, y luego rescatar la competencia, para concluir que la demanda es defectuosa”