En grado de apelación, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito
En grado de apelación, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, mediante Auto de Vista Nº 111 de 19 de julio de 2008, cursante de fojas 568 a 570 vuelta, confirma la sentencia apelada de fojas 537 a 539 y el auto de fojas 24 y vuelta apelado en el efecto diferido, sin costas
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito
- Contra la resolución de segunda instancia, Alicia Gutiérrez Ovalle en representación del demandado reconventor Boris
- CONSIDERANDO II
- Finaliza el recurso, solicitando se case el auto de vista recurrido y se declare improbada
- CONSIDERANDO III
- Los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma", si bien aparecen
- Tanto en el recurso de casación en el fondo como en la forma es de
- Por otro lado, cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error
- En la especie, el contenido del recurso es impreciso, porque el recurrente, si bien hace
- En consecuencia, al no haber cumplido el recurrente con la carga legal prevista en el
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 267/2013
