Auto Supremo AS/0235/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0235/2013

Fecha: 02-Jul-2013

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,


VISTOS: (Del recurso en cuestión).-
El Recurso de Casación planteado por Nelson Crespo Maldonado a fs. 144, impugnando el Auto de Vista de 04 diciembre de 2008 cursante a fs. 118 y 119 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Casilda Oporto Montaño contra el recurrente, por la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. con la agravante prevista en el art. 310 num. 2) y 4) del Código Penal, los antecedentes; y,
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales).-
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal de fs. 4 a 6 y Particular de fs. 15 y vta., previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia N° 12 de 23 de febrero de 2006 cursante de fs. 57 a 67, declaró a Nelson Crespo Maldonado, autor y culpable de la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. con la agravante prevista en el art. 310 num. 2) y 4) del Código Penal, condenándolo a la pena privativa de libertad de 20 años de presidio sin derecho a indulto a cumplir en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz (Cárcel de Palmasola), con costas y reparación del daño a fijarse en ejecución de Sentencia