Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
VISTOS: (Del recurso en cuestión).-
El Recurso de Casación planteado por Nelson Crespo Maldonado a fs. 144, impugnando el Auto de Vista de 04 diciembre de 2008 cursante a fs. 118 y 119 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Casilda Oporto Montaño contra el recurrente, por la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. con la agravante prevista en el art. 310 num. 2) y 4) del Código Penal, los antecedentes; y,
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales).-
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal de fs. 4 a 6 y Particular de fs. 15 y vta., previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Sentencia N° 12 de 23 de febrero de 2006 cursante de fs. 57 a 67, declaró a Nelson Crespo Maldonado, autor y culpable de la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. con la agravante prevista en el art. 310 num. 2) y 4) del Código Penal, condenándolo a la pena privativa de libertad de 20 años de presidio sin derecho a indulto a cumplir en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz (Cárcel de Palmasola), con costas y reparación del daño a fijarse en ejecución de Sentencia
- Auto Supremo Nº: 235/2013
- Fecha: Sucre, 02 de julio de 2013
- Distrito: Santa Cruz
- Partes: Ministerio Público y Casilda Oporto Montaño contra Nelson Crespo Maldonado
- Delito: Violación de Niño, Niña o Adolescente con Agravante
- Recurso: Casación
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Nelson Crespo Maldonado, de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivo del mismo, que
- Realiza la relación de pruebas que fundamentarían su pretensión
- Del Precedente Contradictorio Invocado: En el Recurso de Apelación Restringida de fs
- De la solicitud: Solicitó se declare procedente su Recurso y se deje sin efecto la
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida: Conforme lo previsto por el art
- Asimismo, se deja constancia que no es admisible la falta de mesura en la formulación
- Por lo señalado supra, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Libro Tomas de Razón 2/2013
