Auto Supremo AS/0235/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0235/2013

Fecha: 02-Jul-2013

Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivo del mismo, que

En cumplimiento a la Doctrina Legal Aplicable establecida por el Auto Supremo de 2 de febrero de 2007, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, previa la notificación legal a las partes para la audiencia de fundamentación del Recurso de Apelación Restringida, ante la ausencia de la parte recurrente el 4 de diciembre de 2008, dicha Sala procedió a emitir nuevo Auto de Vista declarando Improcedente el recurso formulado por Nelson Crespo Maldonado.
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Nelson Crespo Maldonado, mediante memorial presentado el 19 de diciembre de 2008, planteó Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de Casación).-
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivo del mismo, que:
La prueba aportada no fue suficiente para generar convicción respecto de su culpabilidad y por ende se incurre en defectos de la Sentencia previstos en el art. 370 num. 4) y 6) (no señala norma legal), vulnerándose presuntamente sus derechos constitucionales