Auto Supremo AS/0348/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2013

Fecha: 15-Jul-2013

Libro Tomas de Razón: Cuarto

Por lo expuesto en sujeción a lo determinado por el art. 271-1), 272-2) de la norma Adjetiva Civil, corresponderá emitir Resolución por la improcedencia del recurso.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 42 numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación de los articulos 271 num. 1) y 272 num. 2) del Código de Procedimiento Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo y en la forma contenido en el memorial de fs. 663-671, presentado por Carmen Guzmán Coria contra el Auto de Vista No. S-46/13 de 1 de febrero de 2013 de fs. 660-661 de obrados. Con costas.
Se regula honorario profesional en la suma de Bs. 1000.-
Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
Fdo. Dr. Rómulo Calle Mamani

Fdo. Dra. Rita Susana Nava Dur? n.
Ante Mi.- Dra. Patricia Ríos Tito - Secretario de Sala Civil
Libro Tomas de Razón: Cuarto