Auto Supremo AS/0358/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0358/2013

Fecha: 30-Jul-2013

CONSIDERANDO: que, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital-

SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 358
Sucre: 30 de julio de 2013
Expediente: CH - 38 -10 – S
Proceso: Resolución de Contrato por Incumplimiento y otros
Partes: Julio Pareja Delgadillo y otra c/ Félix Arce Angulo
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
VISTOS: el recurso de casación en el fondo interpuesto por Félix Arce Angulo de fojas 150 a 153 vta., contra el Auto de Vista Nº SCII-109/2010 de 28 de abril, cursante a fojas 144 a 147 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental Justicia de Chuquisaca, en el proceso Ordinario sobre Resolución de Contrato por Incumplimiento más el Pago de Intereses, Daños y Perjuicios, además del Daño Emergente y Lucro Cesante, seguido por: Julio Pareja Delgadillo y Elva Daza Ferrufino de Pareja, contra el recurrente Félix Arce Angulo, la respuesta de fojas 157 a 159, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO: que, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital- Sucre, pronunció la Sentencia Nº 8/2.010 en fecha 23 de enero de 2.010 (fojas 96 a 97 vta.), declarando Probada la demanda, e Improbada la Excepción sobre Falta de Acción y de Derecho; disponiendo la Resolución del Compromiso de Venta de Inmueble, por Incumplimiento del Comprador, debiendo el comprador devolver el inmueble otorgado en compromiso de venta desocupado a sus propietarios en el plazo de 90 días, y los vendedores, demandantes a su vez deberán restituir a favor del demandado la suma de $us. 75.000, recibidos como parte de pago correspondiente al precio acordado