Auto Supremo AS/0211/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0211/2013-RA

Fecha: 23-Ago-2013

El art



Como cuarto motivo, se tiene la afirmación de que la Sentencia vulnera los derechos que el Código Niño, Niña y Adolescente provee a la hija producto de la convivencia entre el recurrente y la menor víctima, pues la condena derivó en la separación de la primera de su familia de origen.


III. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA HACER VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN


El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)