Auto Supremo AS/0217/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2013-RA

Fecha: 29-Ago-2013

Con estos antecedentes, en el intitulado: “DE LA FACTICIDAD PRECISA DE LOS HECHOS ENTRE EL



Con estos antecedentes, en el intitulado: “DE LA FACTICIDAD PRECISA DE LOS HECHOS ENTRE EL PRECEDENTE CONTRADICTORIO Y EL AUTO APELADO” (sic); el recurrente cita y desglosa parte de los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005 y 437 de 24 de agosto de 2007; y, previa transcripción parcial de la Resolución impugnada, en el punto V del memorial, titulando: “RELACIÓN PRECISA entre los precedentes y el Auto de Vista” (sic); manifiesta que, la relación analógica que existe es que el Auto de Vista recurrido no consideró que la Sentencia apelada, no explica razones ni criterios sólidos que fundamenten la valoración de las pruebas, vulnerando el test de razonabilidad y los principios de la sana crítica, incurriéndose en un defecto insalvable, pues en un caso similar se asumió que la falta de fundamentación en las resoluciones judiciales afecta al derecho a la defensa, al debido proceso, a la seguridad jurídica y a la tutela judicial efectiva, sin que el tribunal de alzada haya tomado en cuenta “que la intelectiva de la sentencia no es tal” (sic); pues en el caso presente a decir del recurrente, existe un certificado médico forense que versa sobre una posible agresión sexual preguntándose dónde explica la Sentencia los daños físicos que sufrió la menor, que el certificado médico forense habla de desgarros antiguos y no recientes; y, que se forzó su culpabilidad a través de una pericia sobre la presencia de “fosfatasa”; concluyendo que no existió una correcta valoración de la prueba y menos una fundamentación que efectúe un test de razonabilidad que haga arribar a la conclusión de su posible responsabilidad