Estando precisado en el acápite que precede, los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse;
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Estando precisado en el acápite que precede, los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse; en autos corresponde realizar el análisis pertinente, para verificar si en la interposición del recurso de casación se cumplieron con los presupuestos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP. En esa labor, se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 31 de julio de 2013 (fs. 341) y presentó el recurso el 8 de agosto del mismo año, tal cual consta en el timbre electrónico (fs. 359); es decir, dentro del plazo de los cinco días que le otorga la ley, considerando el feriado nacional del 6 de agosto
- El memorial presentado por Javier Olmos Cárdenas cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Con estos antecedentes, en el intitulado: “DE LA FACTICIDAD PRECISA DE LOS HECHOS ENTRE EL
- Citando el Auto Supremo 319/2012-RRC de 4 de diciembre, pide se admita su recurso y
- El art
- En este contexto, el art
- El precepto legal contenido en el citado art
- Estando precisado en el acápite que precede, los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse;
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
