Auto Supremo AS/0236/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2013-RA

Fecha: 23-Sep-2013

Regístrese, hágase saber y cúmplase



Por lo expresado, se concluye que el recurrente observó en el planteamiento del recurso de casación, los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del CPP, por lo que corresponde su admisión, para el análisis de fondo de los motivos que contiene.


POR TANTO


La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación de fs. 107 a 111 vta., interpuesto por Carlos Jacinto Mendizabal Mendoza; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas: el Auto de Vista 22/13 de 12 de agosto de 2013, que cursa de fs. 104 a 105 vta., y el presente Auto Supremo.
Regístrese, hágase saber y cúmplase