CONSIDERANDO II
Contra la resolución de segunda instancia, la demandada Rosmery Corias Garcia, interpone recurso de casación en la forma y en el fondo
CONSIDERANDO II:
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN.-
Denuncia que el tribunal de alzada no realizó un análisis sobre los puntos resueltos por el Juez a quo, que han sido objeto de la apelación, pese que le dió la razón sobre lo señalado por los artículos 190 y 192 inciso 3) del Código de Procedimiento Civil; sin embargo anula la sentencia, por lo que violando los artículos 1, 236 y 227, todos del Código de Procedimiento Civil y artículo 115 inciso II de la Constitución Política del Estado; razón por la que interpone el recurso de casación en el fondo y en la forma y pide al Tribunal de Casación, case el Auto de Vista, declarando improbada la demanda y su complementación y probada la demanda reconvencional
CONSIDERANDO II:
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN.-
Denuncia que el tribunal de alzada no realizó un análisis sobre los puntos resueltos por el Juez a quo, que han sido objeto de la apelación, pese que le dió la razón sobre lo señalado por los artículos 190 y 192 inciso 3) del Código de Procedimiento Civil; sin embargo anula la sentencia, por lo que violando los artículos 1, 236 y 227, todos del Código de Procedimiento Civil y artículo 115 inciso II de la Constitución Política del Estado; razón por la que interpone el recurso de casación en el fondo y en la forma y pide al Tribunal de Casación, case el Auto de Vista, declarando improbada la demanda y su complementación y probada la demanda reconvencional
- Proceso: Divorcio
- Partes: José Torrico Sandoval c/ Rosmery Corias Garcia
- CONSIDERANDO I
- de marzo de 2009, cursante a fojas 231 y vuelta, anula la referida sentencia
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- aplicación de una norma jurídica en un caso concreto, la segunda, consiste en el error
- Por su parte la casación en la forma, se da cuando en la tramitación del
- Bajo estos parámetros y en consideración de que el recurso sobre el fondo o
- En la especie, el recurrente omitió distinguir la casación en la forma y la casación
- Que el recurso de casación, como lo señala la uniforme jurisprudencia del Tribunal Supremo, está
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 455/2013
