De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida: Conforme lo previsto por el art
De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida: Conforme lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, un requisito formal que debe ser cumplido por la parte que formuló el Recurso de Casación, es el de haber invocado el precedente contradictorio en su Recurso de Apelación Restringida; ahora bien, con relación al recurso planteado por Juan García Veizaga se tiene que el recurrente ha incumplido con este requisito de forma para proceder a la admisión de su recurso de casación, pero también incumple con la carga de postulación de la contradicción en la que hubiese incurrido el Tribunal de Alzada al momento de emitir el Auto de Vista motivo del recurso, impidiendo con estas falencias del recurso que este Tribunal pueda ingresar a considerar el fondo del mismo por no poderse establecer el sentido jurídico contrario del Auto de Vista de 28 de enero de 2010, deviniendo en consecuencia en inadmisible el recurso de casación formulado por Juan García Veizaga
- Partes :
- Agravante (art. 308 bis., del Código Penal)
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia Juan García Veizaga, de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación respecto de sus fundamentos se establece como motivos
- Que, el Tribunal de Sentencia de forma ilegal lo condenó a la pena de 20
- Que, en juicio no se demostró que su persona haya sido el autor de la
- Falta de existencia de los elementos constitutivos del tipo penal de violación ya que no
- Reitera la falta de fundamentación por no contarse en la resolución de los jueces inferiores
- Vulneración de los arts
- Del Precedente Contradictorio Invocado: Pese a lo señalado en el otrosí segundo del Recurso de
- De la solicitud: Conforme a sus fundamentos esgrimidos formula recurso de casación contra el Auto
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: Por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida: Conforme lo previsto por el art
- Asimismo, respecto de la posible existencia de defectos absolutos, se debe dejar constancia que no
- Por lo señalado supra, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
- Magistrado Relator: Dr. William E. Alave Laura
