Contra el indicado fallo la Compañía Boliviana de Ingeniería S
Contra el indicado fallo la Compañía Boliviana de Ingeniería S.R.L. interpuso el recurso de casación de fs. 26-27, cuya concesión fue denegada por el Tribunal ad quem mediante Auto de 31 de mayo de 2013, corriente en el folio 34 del testimonio de compulsa, con el fundamento que el Auto Interlocutorio No. 016/2013, al haber sido emitido en ejecución de fallos no admite recurso de casación por determinación de los artículos 255 y 518 del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO: De obrados se infiere que el caso en examen está referido a un proceso
- Contra el indicado fallo la Compañía Boliviana de Ingeniería S
- Que, el art
- Asimismo, por mandato imperativo del artículo 518 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones dictadas
- En consecuencia, el Tribunal ad quem al haber negado la concesión del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, declara ILEGAL el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
