Auto Supremo AS/0096-C/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0096-C/2014

Fecha: 03-Oct-2014

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, declara HABER


Por otra parte, no tiene sentido que el recurrente alegue el artículo 52 del Código de Comercio, pues éste se refiere a la conservación de libros y papeles de comercio en relación con el artículo 51 del mismo cuerpo legal, más de ninguna manera a los documentos que respalden el derecho propietario de sus activos.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, declara HABER LUGAR a la solicitud de explicación y complementación de fojas 595 y vuelta