Auto Supremo AS/0539/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0539/2014

Fecha: 13-Oct-2014

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº 539/2014
Fecha: Sucre, 13 de octubre de 2014
Expediente: 53/10 Cochabamba
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Encarna Andia Vallejos
Delito: Transporte de Sustancias Controladas
Recurso: Casación
VISTOS: (Del recurso en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Ecarna Andia Vallejos de fs. 157 a 158 vta., impugnando el Auto de Vista de 12 de febrero de 2010 cursante de fs. 150 a 154 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley Nº 1008), los antecedentes; y,
CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:
Con base a la Acusación Fiscal, previa la sustanciación del juicio oral, el Tribunal de Sentencia Nº 3, del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Sentencia de 10 de noviembre de 2008, cursante de fs. 117 a 121, resolvió fallar, declarando a Encarna Andia Vallejos, Autora y Culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley Nº 1008), condenándole a la pena de diez años (10) de presidio a cumplir en el Penal de San Sebastián Mujeres de la ciudad de Cochabamba, de conformidad a lo previsto por el art. 365 del Código de Procedimiento Penal, considerando que la imputada se encuentra detenida desde el 27 de octubre de 2007, su condena finalizará el 27 de octubre de 2017. Se le condenó a pagar doscientos días multa a razón de dos Bolivianos, por día, a ser pagados hasta el cumplimiento total de su condena, con costas a favor del Estado