Que, ante esta Sentencia, Encarna Andia Vallejos de fs
Que, ante esta Sentencia, Encarna Andia Vallejos de fs. 126 a 129 interpuso Recurso de Apelación Restringida, mismo que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 12 de febrero de 2010 (fs. 150 a 154), la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dictó Auto de Vista, por el que se declaró Procedente en parte el Recurso de Apelación Restringida interpuesto y en consecuencia Revocó la Sentencia y resolviendo en el fondo, declaró a Encarna Andia Vallejos, Autora del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley Nº 1008), en consecuencia se le impuso la pena de ocho años (8) de reclusión, que cumplirá en la Cárcel Pública de “El Abra” del Departamento de Cochabamba, cuando la resolución se encuentre ejecutoriada. Se condena también a la reparación del daño civil, el pago de costas a favor del Estado, a pagarse en partidas y durante el cumplimiento de la pena y el pago de 250 días multa a razón de Bs. 1.- por día, sanción que deberá hacer efectiva en el Departamento de Finanzas del Consejo de la Judicatura en el plazo de 60 días, a partir de la ejecutoria de la Sentencia. La condena deberá cumplir el día 27 de octubre de 2015. En el cómputo de la pena se declara como parte cumplida todo tiempo que la imputada se encontró privada de libertad, inclusive en sede policial
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Encarna Andia Vallejos de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los
- II
- De la solicitud
- No invocó precedente contradictorio alguno
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- A) De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida
- B) De la contradicción del Precedente Contradictorio y el Auto de Vista recurrido
- De lo observado en el recurso no se invocó ni un solo precedente contradictorio, el
- Por tanto el recurso planteado no cumple con las exigencias establecidas por el legislador, toda
- Si su pretensión fue asimilar su petitorio a defectos absolutos y/o aspectos a ameritan la
- El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
- Finalmente, de la verificación de antecedentes que hacen al legajo procesal se concluye la falta
- POR TANTO
- El Magistrado Dr. Iván Lima Magne, fue de voto disidente
- Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramirez.
