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2.- Como fundamentos de derecho, hace referencia que de las declaraciones de funcionarios policiales, se evidencia que se trataba de una fábrica de cocaína ya que los implementos encontrados así lo determinan, por lo cual la Sentencia de primera instancia es ilegal e injusta al condenarle a una pena privativa de libertad de diez años, conforme al art. 48 de la Ley Nº 1008 y que por el contrario el Tribunal de Alzada, conforme a la línea jurisprudencial podía haber modificado el tipo penal al de Fabricación de Sustancias Controladas, art. 47 de la Ley Nº 1008. A continuación cita el Auto Supremo Nº 372 de 22 de junio del 2004, referido al debido proceso. En tal sentido, conceptúa el significado de presunción de inocencia y el derecho a la defensa. Luego, cita los Autos Supremos Nº 322 de 28 de agosto de 2006 y Nº 432 de 11 de octubre de 2006, referidos a la violación al derecho a la defensa, al debido proceso y petición, así como el derecho de recurrir que permite la revisión de un fallo adverso por un Tribunal superior. Finalmente señala otros precedentes contradictorios; cita el Auto de Vista de 15 de junio de 2004 (200406-Sala Penal-3-065), Auto de Vista de fecha 19-I-2004 (200401-Sala Penal-2-066), Auto de Vista 028 de 08 de febrero de 2000 (200002-Sala Penal-2-028) y otros
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante la Sentencia de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
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- Por lo que expone solicita se le conceda el Recurso de Casación y se eleve
- De la Invocación del Precedente Contradictorio
- Se define a la Casación, como un instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinará la ineficacia del planteamiento, pues si bien
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del Precedente Contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los Precedentes y el Auto
- Que de acuerdo al art
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Magistrado de Voto Disidente: Dr. Iván Lima Magne
