Auto Supremo 322 de 28 de agosto de 2006, el cual en su criterio establece
Auto Supremo 322 de 28 de agosto de 2006, el cual en su criterio establece que la violación al derecho a la defensa, al debido proceso y petición determinan la exisitencia de precedente contradictorio
- Acusación
- Delito
- IANUS
- El 16 de marzo de 2007, el imputado presento recurso de apelación restringida, recurso en
- El Auto de Vista, de 29 de septiembre de 2009, declara admisible e improcedente el
- 2
- El imputado señala que por su grado de instrucción, acepto transportar la cocaína sin conocer
- 3. PETITORIO.- La recurrente solicita se CASE el Auto de Vista recurrido
- II.- ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- 4
- III.- VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON EL PRECEDENTE INVOCADO EN EL RECURSO
- 5. DOCTRINA LEGAL APLICABLE ASUMIDA EN EL PRECEDENTE.- El recurso señalo como precedentes contradictorios
- Auto Supremo 322 de 28 de agosto de 2006, el cual en su criterio establece
- Auto Supremo 432 de 11 de octubre de 2006, el recurrente se refiere a la
- La Jurisprudencia, citada como base y fundamento del Recurso de Casación, no establece la existencia
- Debe tenerse presente que el Auto de Vista, al realizar una adecuada tipificación de la
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
